sábado, 9 de octubre de 2010

DEFINICIÓN DE TELECOMUNICACIONES



El concepto de telecomunicación abarca todas las formas de comunicación a distancia. La palabra incluye el prefijo griego tele, que significa “distancia” o “lejos”. Por lo tanto, la telecomunicación es una técnica que consiste en la transmisión de un mensaje desde un punto hacia otro, usualmente con la característica adicional de ser bidireccional. La telefonía, la radio, la televisión y la transmisión de datos a través de computadoras son parte del sector de las telecomunicaciones.

El físico inglés James Clerk Maxwell fue el responsable de sentar las bases para el desarrollo de la telecomunicación, al introducir el concepto de electromagnética para describir mediante las matemáticas la interacción entre electricidad y magnetismo. De esta forma, Maxwell anunció que era posible propagar ondas por el espacio libre al utilizar descargas eléctricas, algo que comprobó Heinrich Hertz en 1887.

La historia de las telecomunicaciones comenzó a desarrollarse en la primera mitad del siglo XIX, con el telégrafo eléctrico (que permitía enviar mensajes con letras y números). Más adelante apareció el teléfono, que agregó la posibilidad de comunicarse utilizando la voz. Con las ondas de radio, la comunicación inalámbrica llegó para completar una verdadera revolución en los hábitos de la humanidad.

Por supuesto, las innovaciones tecnológicas en el campo de la telecomunicación nunca se detuvieron. El módem posibilitó la transmisión de datos entre computadoras y otros dispositivos, en lo que constituyó el punto de inicio para el desarrollo de Internet y otras redes informáticas.

A finales de los años ochenta la Comunidad Europea calificó la liberalización de las telecomunicaciones de prioridad europea. Ésta se inició en 1988 con la apertura a la competencia de los mercados de terminales de telecomunicaciones y posteriormente, en 1990, con la liberalización de los servicios de telecomunicaciones, con excepción de la telefonía vocal.

En 1993, el Consejo de Ministros estableció el 1 de enero de 1998 como fecha límite para la liberalización completa de los servicios de telefonía vocal. Mientras tanto, en 1994 el proceso de liberalización se extendió a las comunicaciones y los servicios de transmisión por satélite y posteriormente, en 1996, a las redes de televisión por cable y a las comunicaciones móviles. Paralelamente, a partir de 1990 se estableció una red abierta de telecomunicaciones en cuanto a infraestructuras y servicios (ONP).

La aprobación de normas comunes permitió la armonización de las condiciones de acceso de nuevos operadores al mercado. A partir de 1994, en el contexto del desarrollo de la «sociedad de la información», la liberalización general de las estructuras de telecomunicaciones se presentó como un factor de desarrollo del sector de los multimedios. Se adoptaron distintas iniciativas destinadas a armonizar las normas sobre comunicaciones móviles (norma europea única GSM) y por satélite, así como la Red Digital de Servicios Integrados (RDSI).

El 1 de enero de 1998, la liberalización completa del mercado de las telecomunicaciones era una realidad. Para acompañar la apertura del sector a la competencia, en 1999 la Comisión Europea lanzó un vasto proyecto de reformulación del marco reglamentario europeo de las telecomunicaciones.

El objetivo general consistía en mejorar el acceso a la sociedad de la información, estableciendo un equilibrio entre la regulación del sector y las normas de competencia europea. Ese marco reglamentario para las telecomunicaciones electrónicas consta de cinco Directivas de armonización relativas, en particular, a las Directivas marco, el acceso y la interconexión, la autorización, el servicio universal y la protección de la vida privada. A esto se añaden la Decisión de 2002 sobre la política relativa al espectro radioeléctrico y el Reglamento de 2002 relativo al acceso al bucle local.

La Comisión está trabajando actualmente en la revisión de ese marco reglamentario a fin de tener en cuenta los cambios tecnológicos del mercado y responder a las necesidades del sector en los próximos diez años.

Hoy en día, las telecomunicaciones conforman un sector industrial que mueve millones de dólares al año en todo el mundo.

ELEMENTOS QUE COMPONEN LAS TELECOMUNICACIONES

Un sistema de comunicación consta de los siguientes elementos:
Mensaje: Es la información a comunicar. Puede ser en forma de texto, número, audio, gráficos.
Emisor: Dispositivo que envía los datos del mensaje. Por ejemplo una computadora, cámara, un teléfono
Receptor: Dispositivo que recibe el mensaje. Computadora, monitor.
Medio: Es el camino físico por el cual viaja el mensaje. Algunos son el cable par trenzado, cable coaxial, fibra óptica, laser, microondas.
Protocolo: Conjunto de reglas que permiten la transmisión de datos. Representa un acuerdo entre los dispositivos.







Los elementos que integran un sistema de telecomunicación son un transmisor, una línea o medio de transmisión y posiblemente, impuesto por el medio, un canal y finalmente un receptor.

El transmisor es el dispositivo que transforma o codifica los mensajes en un fenómeno físico, la señal. El medio de transmisión, por su naturaleza física, es posible que modifique o degrade la señal en su trayecto desde el transmisor al receptor debido a ruido, interferencias o la propia distorsión del canal.

Por ello el receptor ha de tener un mecanismo de decodificación capaz de recuperar el mensaje dentro de ciertos límites de degradación de la señal. En algunos casos, el receptor final es el oído o el ojo humano (o en algún caso extremo otros órganos sensoriales) y la recuperación del mensaje se hace por la mente.

La telecomunicación puede ser punto a punto, punto a multipunto o teledifusión, que es una forma particular de punto a multipunto que funciona solamente desde el transmisor a los receptores, siendo su versión más popular la radiodifusión.



Funciones



De conformidad con el artículo 48 de la Ley 32/2003, esta Comisión ejerce las siguientes funciones:

Arbitra en los conflictos que puedan surgir entre los operadores del sector de las comunicaciones electrónicas, de forma ágil y en plazos breves, de acuerdo con la intensa dinámica en que el mercado se desenvuelve.

Asigna la numeración a operadores y vigila la correcta utilización de los recursos públicos de numeración. Asimismo, autoriza la transmisión de dichos recursos.

Garantiza la adecuada financiación de las obligaciones de servicio público impuestas a los operadores, incluidas las de prestación de servicio universal.

Interviene en conflictos planteados entre operadores en materia de acceso e interconexión, así como en materias relacionadas con las guías telefónicas, la financiación del servicio universal y el uso compartido de infraestructuras, dictando resolución vinculante sobre los mismos.

Adopta las medidas necesarias para salvaguardar la pluralidad de oferta del servicio, el acceso a las redes de comunicaciones electrónicas por los operadores, la interconexión de las redes y la explotación de red en condiciones de red abierta, y la política de precios y comercialización por los prestadores de los servicios. A estos efectos, la CMT ejercerá las siguientes funciones:
Puede dictar Instrucciones vinculantes para los operadores que actúen en el sector de las comunicaciones electrónicas. Estas Instrucciones deben publicarse en el Boletín Oficial del Estado.
Pone en conocimiento de la Comisión Nacional de la Competencia los actos, acuerdos, prácticas o conductas de los que pudiera tener noticia y que sean contrarios a la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
Puede ejercer la competencia de la Administración General del Estado para interpretar la información que en aplicación del artículo 9 de esta Ley le suministren los operadores en el ejercicio de la protección de la libre competencia en el mercado de las comunicaciones electrónicas.

Informa de forma obligada en los procedimientos iniciados para la autorización de las operaciones de concentración de operadores o de toma de control de uno o varios operadores del sector de las comunicaciones electrónicas.
Define, mediante Resolución publicada en el BOE, los mercados de referencia relativos a redes y servicios de comunicaciones electrónicas, y el ámbito geográfico de los mismos, cuyas características puedan justificar la imposición de obligaciones. En este sentido, llevará a cabo un análisis de los citados mercados que tendrá como finalidad determinar si los mismos se desarrollan en un entorno de competencia efectiva.
Puede imponer, mantener o modificar obligaciones específicas a los operadores que hayan sido declarados con poder significativo en el mercado en materia de transparencia, no discriminación, separación de cuentas, acceso a recursos específicos y control de precios.
Asesora al Gobierno y al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a solicitud de éstos o por propia iniciativa, en los asuntos concernientes al mercado y a la regulación de las comunicaciones, particularmente en aquellas materias que puedan afectar al desarrollo libre y competitivo del mercado.
Informa de forma obligada en los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado para la elaboración de disposiciones normativas en materia de comunicaciones electrónicas.
Igualmente, asesora a las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, a solicitud de las mismas, en relación con el ejercicio de competencias propias de dichas Administraciones Públicas que entren en relación con la competencia estatal en materia de telecomunicaciones.

Ejerce las funciones inspectoras en aquellos asuntos sobre los que tenga atribuida la potestad sancionadora y solicita la intervención de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones para la inspección técnica de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas, en aquellos supuestos en que sea necesario para el desempeño de sus funciones.

Ejerce la potestad sancionadora respecto a los incumplimientos de las Instrucciones o Resoluciones que dicte en el ejercicio de sus competencias, así como respecto al incumplimiento de los requerimientos de información.
A su vez, tiene otorgada la potestad sancionadora por los incumplimientos de las condiciones y requisitos para el ejercicio de la actividad de prestación de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, así como de las obligaciones que la ley y su normativa de desarrollo impongan en materia de acceso e interconexión, y el incumplimiento de las condiciones determinantes de la adjudicación y asignación de los recursos de numeración incluidos en los planes de numeración debidamente aprobados.

Denuncia ante los servicios de inspección de telecomunicaciones de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones, las conductas contrarias a la legislación general de las telecomunicaciones cuando no le corresponda el ejercicio de la potestad sancionadora.

Gestiona el Registro de Operadores, en el que se inscribirán todos aquellos operadores cuya actividad requiera de notificación fehaciente, para la explotación de redes y la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

CARACTERISTICAS DE LAS TELECOMUNICACIONES
Las señales que se pueden trasmitir por las redes de comunicación pueden ser de dos tipos: señales analógicas y señales digitales.

El comportamiento de estos dos tipos de señales. respecto a los elementos técnicos que pueden ser parte del hardware de comunicaciones para la construcción de redes, es tan diferente que da lugar a que están se puedan clasificar también en redes analógicas y digitales.


Señales analógicas:

Se denominan señales analógicas a aquellas que representadas por funciones que puedan tomar un número infinito de valores en cualquier intervalo de tiempo.

Señales Digitales:

Se denominan señales digitales a aquellas que están representadas por funciones que pueden tomar un número finito de valores en cualquier intervalo de tiempo.

Características de los sistemas de trasmisión analógicos y de los sistemas de trasmisión digitales.

Tanto un sistema de comunicaciones analógico, como uno digital están capacitados para trasportar señales inteligentes que contengan servicios de voz, textos, imágenes y datos.

Cuando el sistema es analógico, las señales trasmitidas contienen la información, en la propia forma de la onda que se trasmite.

Cuando el sistema es analógico, las señales trasmitidas contienen la información, en la codificación de los pulsos que se trasmiten por el medio.

Existen servicios que son desde el mismo momento en que se originan, típicamente analógicos, como lo es la trasmisión de la voz; y otros típicamente digitales como es la trasmisión de datos producida por equipos informáticos en general.


No hay comentarios:

Publicar un comentario